Los funcionarios de prisiones se querellan contra 10 directores de cárceles y el director general por prevaricación
Durante la jornada de las pasadas elecciones a la presidencia de la Comunidad de Madrid cientos de funcionarios se quejaron de no recibir permisos para acudir a votar.
El pasado 4 de mayo, los funcionarios de prisiones de todos los centros penitenciarios de la Comunidad de Madrid sintieron conculcados sus derechos constitucionales para poder votar libremente en las elecciones autonómicas. Pese a ser respaldados por la Delegación del Gobierno y la Junta Electoral, muchos directores de cárceles madrileñas no les autorizaron a disfrutar de permisos laborales para ejercer su derecho a voto. Ante la ausencia de explicaciones por parte del Ministerio del Interior los funcionarios han decidido llevar el asunto ante los tribunales.
Prevaricación Administrativa y Delito contra la Ley Electoral. Estos son los cargos contemplados en la querella presentada por el sindicato de funcionarios de prisiones ‘Tu Abandono Me Puede Matar’ contra ni más ni menos que 10 directores de establecimientos penitenciarios de la Comunidad de Madrid, el secretario general de Instituciones Penitenciarias y número 1 de Interior en Prisiones, Ángel Luis Ortiz, y el director general de Recursos Humanos de Instituciones Penitenciarias, Eugenio Arribas.
Un total de 12 querellados que se enfrentan a cargos con penas de hasta tres años de cárcel e inhabilitación profesional por los hechos acaecidos el pasado 4 de mayo en Madrid. Pero el problema lo detectaron los trabajadores penitenciarios un poco antes de ese día.
Con cierta antelación los directores ahora querellados transmitieron una orden inédita entre sus trabajadores: los funcionarios públicos con turno de trabajo el día de las elecciones de la comunidad de Madrid no podían salir del centro para ejercer su derecho de sufragio. Así, tal cual.
Pese a que los directores sabían de la manifiesta ilegalidad de esta decisión de sus superiores, no dudaron en transmitir a los funcionarios de sus prisiones que de allí nadie saldría para ir a votar. Como los funcionarios sabían igualmente que se trataba de un atropello a un derecho constitucional decidieron pedir los permisos para votar por escrito para que quedara constancia.
Lo más increíble, y lo refleja la querella a la que ha tenido acceso este periódico, es que los directores de las prisiones ahora querellados no sólo no corrigieron su postura, ni siquiera la matizaron, sino que continuaron denegando permisos a los trabajadores que los solicitaban por escrito.
Hasta 4 horas de permiso por Ley
Por si hubiera alguna duda la Ley Electoral es cristalina: todos los trabajadores cuya jornada laboral coincida con el periodo de apertura de colegios electorales tienen derecho a disfrutar desde dos hasta cuatro horas de permiso laboral remunerado para poder ir a votar. Y en el ámbito penitenciario este hecho es más fácil de entender aún.
En la plantilla de las cárceles de la Comunidad de Madrid hay un 60% de trabajadores empadronados y con derecho a voto en colegios electorales madrileños. Si un trabajador está desarrollando su labor profesional en la cárcel de Estremera, lindante con Castilla-La Mancha, pero vive en la zona de Somosierra, estaría a más de 150 kilómetros de su colegio electoral. Este ejemplo deliberadamente exagerado y muy poco posible deja muy a las claras la necesidad de esos permisos laborales para acudir a votar.
Para que no hubiera opción a la confusión, los afectados informaron de este escándalo a todas las cárceles de Madrid, al Ministerio del Interior, a la Junta electoral Central y a la Delegación del Gobierno de Madrid. A día de hoy sólo se conocen las respuestas de la Delegación del Gobierno y la Junta electoral, pero de Madrid, no la central: los trabajadores deben tener permiso para votar sí o sí.
Y las cárceles, como Soto del Real, por ejemplo, siguieron denegando los permisos desoyendo a la Delegación del Gobierno. Por cierto, ni el Ministerio del Interior ni Instituciones Penitenciarias han dado todavía ninguna explicación a este comportamiento presuntamente ilegal y manifiestamente arbitrario.
No es la primera vez que hay elecciones que afecten a las jornadas laborales de las cárceles madrileñas, por definición en funcionamiento 24 horas al día 356 días al año, y siempre se habían solventado de una manera consensuada entre los trabajadores y las direcciones de las prisiones, estableciendo turnos y permisos para poder mantener intacto el derecho a voto de los trabajadores.
20 días después de las elecciones los trabajadores representados por ‘Tu Abandono Me Puede Matar’ quieren llegar al fondo de los motivos por los que los directores de 10 centros penitenciarios se plegaron a un presunto delito prevaricador impidiendo el ejercicio de un derecho constitucional a sabiendas de la ilegalidad de sus actos.
La Ley deja poco lugar a dudas: “Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años o multa de doce a veinticuatro meses: Quienes impidan o dificulten injustificadamente la entrada, salida o permanencia de los electores, candidatos, apoderados, interventores y notarios en los lugares en los que se realicen actos del procedimiento electoral. Los funcionarios públicos que usen de sus competencias para algunos de los fines señalados en este artículo incurrirán en las penas señaladas en el número anterior y, además, en la inhabilitación especial para empleo o cargo público de uno a tres años”.
El sindicato de funcionarios de prisiones pide que declaren todos los directores querellados para saber cómo defienden una decisión que, a falta de más datos, muy pocos entienden.